Las principales novedades de la campaña de Renta 2018

Fiscal Publicado el 21/03/2019


Se suprime la declaración en papel, la maternidad y paternidad se declaran exentas y familias numerosas y gastos de guardería tienen novedades.

Veamos en que se concretan estas novedades.

* Los contribuyentes con rendimientos del trabajo procedentes de dos pagadores inferiores a 12.643 euros no están obligados a declarar , salvo si el resultado fuese a devolver y quieren percibir dicha devolución.

* Las prestaciones de maternidad y paternidad recibidas de la Seguridad Social u otras mutualidades cobradas en 2018 estan exentas de pago de IRPF

* La deducción por maternidad se incrementa en 1.000 euros anuales -adicionales a los 1.200 euros que ya estaban en vigor- cuando el contribuyente sufrague gastos de custodia en guardería o centros de educación infantil autorizados.

* Quienes inviertan en empresas de nueva creación podrán deducirse un 30% de la inversión, con una base máxima de deducción de 60.000 euros (hasta ahora era el 20% del importe con una base de 50.000 euros).

* Las rentas obtenidas en Ceuta y Melilla disfrutan de una deducción del 60% (antes era del 50%).

* Se incrementa la deducción por familia numerosa. El aumento es de 600 euros anuales (50 euros al mes) por cada hijo a partir del cuarto para la categoría general o del sexto para la categoría especial, pero en el ejercicio 2018 solo aplica de agosto a diciembre, con lo que la deducción máxima será de 250 euros.

* Se establece una deducción por cónyuge con discapacidad a cargo. Los Presupuestos establecen una deducción de 1.200 euros anuales (100 euros al mes), que en 2018 solo se aplicará en los meses de agosto a diciembre, con lo que la deducción máxima será de 500 euros.

* Para los rendimientos de actividades económicas se aclara la deducibilidad de los gastos de manutención y de suministros.

Esperamos que esta información haya sido de su interés.

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