Economía Publicado el 15/03/2020
Es un reto resumir normativa, novedades y recomendaciones de como afrontar esta situación absolutamente nueva para todos a nivel profesional y empresarial
Es de resaltar que en este momento el ámbito humano es el más importante, y en consecuencia en el campo de las relaciones humanas y laborales:
* Recomendamos contactar con el servicio de prevención, la mutua y la compañía de seguros (responsabilidad civil) para adoptar las medidas higiénico sanitarias necesarias (distancias y espacios de seguridad, elementos de protección: guantes, mascarillas, líquidos de higiene…) especialmente en los espacios abiertos al público y en los puestos de trabajo, en los transportes, en el almacén, en las zonas de descanso.
* Conviene revisar el protocolo de PREVENCIÓN DE RIESGOS LABORALES y aprovechar para analizar los riesgos y las medidas de higiene y seguridad tanto de los trabajadores como de los clientes que pueda acceder al establecimiento y colocar en lugares visibles carteles informativos.
* Es importante conocer y atender las instrucciones y recomendaciones de las autoridades sanitarias y comunicados oficiales de los diferentes organismos competentes y los cuerpos y fuerzas de seguridad del Estado.
En el ámbito de seguros e incidencias además de las anteriores
* Es importante recopilar los documentos con las incidencias que se generen y afecten a la actividad y realizar un inventario de productos en almacenes y cámaras frigoríficas para en el caso de cierre (hostelería) cuantificar la pérdida. La documentación puede requerir fotografías, informes periciales o notariales en función del volumen e importancia de la pérdida.
* También es importante documentar por escrito la anulación de pedidos realizados y recibidos, reservas etc y justificar la imposibilidad de entregar o recibir mercancías, etc.
Todo lo anterior será necesario para solicitar compensaciones de la compañia de seguros de su empresa o acceder a cualquier tipo de ayuda que pueda establecerse reglamentariamente o a la implementación del ERE/ERTE u otras medidas que fuesen necesarias.
En el ámbito empresarial hay que acudir a soluciones alternativas:
* Por ejemplo, en un negocio de hostelería y cualquier otro de los que tienen que cerrar, no podremos atender físicamente a los clientes en el establecimiento, pero sí podremos realizar entregas a domicilio.
El RD 463/2020 en el artículo 10, apartado 1. “ Se suspende la apertura al público de los locales y establecimientos minoristas, a excepción de los establecimientos comerciales minoristas de alimentación,….,comercio por internet, telefónico o correspondencia"
“2. La permanencia en los establecimientos comerciales cuya apertura esté permitida deberá ser la estrictamente necesaria para que los consumidores puedan realizar la adquisición de alimentos y productos de primera necesidad, quedando suspendida la posibilidad de consumo de productos en los propios establecimientos. En todo caso, se evitarán aglomeraciones y se controlará que consumidores y empleados mantengan la distancia de seguridad de al menos un metro a fin de evitar posibles contagios. “
* Es importante pensar que las personas siguen su vida y las cosas siguen su uso, pueden haber roturas (vehículos, fontanería, electricidad…) que requieran reparaciones inmediatas.
En el ámbito laboral además de los temas de salud y seguridad antes mencionados:
* Se ha regulado la baja laboral por COVID-19 a efecto de prestaciones económicas de incapacidad temporal como asimilada al accidente de trabajo.
* Extensión de la bonificación a los contratos fijos discontinuos a los meses de febrero a junio de las empresas privadas dedicadas a actividades encuadradas en los sectores del turismo, así como los del comercio y hostelería.
* (1) En cuanto a las ausencias por cuidado de niños, por aislamiento obligatorio u otra circunstancia que no permita acudir a trabajar, estaríamos ante una ausencia justificada. El tratamiento laboral de estos días en estos momentos sería una ausencia no retribuida, también se pueden pactar vacaciones con los trabajadores.
* (1) La empresa también puede tramitar un Expediente de Regulación Temporal de Empleo ERTE debido a la paralización de la actividad y los trabajadores pueden pasar a situación de desempleo.
(1) Estos temas entendemos que serán objeto de legislación especifica para esta situación tan especial, por tanto estas manifestaciones se han de valorar en su medida.
En el ámbito de los impuestos, las PYMES, empresas que facturan menos de 6 millones,
* Podrán solicitar aplazamiento de deudas tributarias en el ámbito de la Administración tributaria del Estado en periodo voluntario de pago desde el 13 de marzo hasta el 30 de mayo.
* Sin necesidad de aportar garantías y hasta un máximo de 30.000,00 euros.
* Se incluyen –hasta ahora se inadmitía- el aplazamiento de retenciones, ingresos a cuenta, pagos fraccionados e IVA.
* Plazo de 6 meses sin devengo de intereses de demora en los 3 primeros.
Esta medida afectará al IVA mensual de febrero, marzo y abril, y a los pagos del primer trimestre (Retenciones, IVA y pagos fraccionados de empresarios y de Sociedades).
En el ámbito financiero de la empresa, además de la financiación de impuestos antes citada:
* Se ha habilitado una línea de financiación específica a través del ICO por importe de 400 millones de euros para necesidades de liquidez de las empresas y trabajadores autónomos del sector turístico.
* Se recomienda revisar:
- el protocolo y los límites de los riesgos comerciales.
- las previsiones financieras considerando la potencial caída de ingresos en las próximas semanas.
- los vencimientos y anticipar la posible negociación de pólizas y otras fuentes de financiación.
En conclusión, las PYMES y los profesionales en las próximas semanas afrontaremos nuevos y desconocidos desafíos en una ambiente nuevo y distinto al que no estamos habituados.
Seguro que con esfuerzo, inteligencia, ingenio, imaginación, comprensión y porque no, algo de suerte, saldremos TODOS adelante.
En Asesoría PASTOR Dígame seguiremos ayudando.
En Asesoría PASTOR Dígame seguiremos ayudando.