Reducir impuestos aportando al PLANES PENSIONES

Fiscal Publicado el 21/11/2023


RENTA 2022. Al acercarnos al final del año merece la pena revisar los elementos de la RENTA que pueden AHORRANOS impuestos, como las aportaciones al Plan de Pensiones.

Se puede reducir el IMPUESTO DE LA RENTA al realizar aportaciones a Planes de Pensiones y otros sistemas de previsión social. Esto resulta muy conveniente porque se obtiene un doble beneficio fiscal:

- Se reduce el importe de la renta sobre la que se tributa y

La reducción por estas aportaciones tiene unos límites anuales iniciales *1*(menor de los 2):

- 1.500 euros anuales
- 30% de la suma de los rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas del ejercicio

*1* Este límite se podrá incrementar

a)En 8.500 euros anuales, siempre que tal incremento provenga de contribuciones empresariales, o de aportaciones del trabajador al mismo instrumento de previsión social por importe limitado por la norma.

b) NOVEDAD 2023 Se podrá incrementar el límite *1* en 4.250 euros anuales, siempre que provenga de aportaciones a los planes de pensiones sectoriales realizadas por “autónomos” que se adhieran a dichos planes por razón de su actividad; aportaciones a los planes de pensiones de empleo simplificados de “autónomos” o de aportaciones propias que el empresario individual o el profesional realice a planes de pensiones de empleo, de los que sea promotor y, además, partícipe o a Mutualidades de Previsión Social de las que sea mutualista, así como las que realice a planes de previsión social empresarial o seguros colectivos de dependencia de los que, a su vez, sea tomador y asegurado.
En todo caso, la cuantía máxima de reducción por aplicación de los incrementos previstos en los números 1.º y 2.º anteriores será de 8.500 euros anuales.
Los planes de pensiones de empleo son instrumentos de ahorro-previsión a largo plazo que promueven las empresas o instituciones para sus trabajadores, con el objetivo de complementar la pensión pública de jubilación a percibir por la Seguridad Social.
Además, 5.000 euros anuales para las primas a seguros colectivos de dependencia satisfechas por la empresa.

Adicionalmente se podrá reducir por las aportaciones a planes de pensiones a favor de personas con discapacidad con un límite de 10.000 euros anuales y por las aportaciones anuales realizadas por las personas con discapacidad partícipes, con el límite de 24.250 euros anuales. El conjunto de las reducciones practicadas por todas las personas que realicen aportaciones a favor de una misma persona con discapacidad, incluidas las de la propia persona con discapacidad, no podrá exceder de 24.250 euros anuales.

El exceso de aportaciones a planes de pensiones que no se pueden aplicar en un ejercicio se pueden reducir en los 5 ejercicios siguientes.

ATENCION!

También se puede reducir la base imponible por la aportación a planes de pensiones y otros sistemas de previsión social cuyo titular sea el cónyuge con un límite anual de 1.000 euros y siempre que el cónyuge no obtenga rendimientos netos del trabajo y de actividades económicas superiores a 8.000 euros anuales

Rescate del Plan de Pensiones

Cuando se rescata el plan de pensiones u otros sistemas de previsión social se puede ejercer la opción de rescatarlo como capital o como renta, obteniéndose un rendimiento de trabajo
- Rescate en forma de capital. Esta modalidad nos permite recuperar el todo el capital acumulado de una sola vez.
- Rescate en forma de renta. Con esta modalidad se recibe de manera periódica una cantidad de dinero, normalmente de forma mensual.
- Rescate mixto. Se hace un rescate inicial en forma de capital y el resto en forma de renta de manera periódica.
Consejo
Para evitar imprevistos en el momento de realizar la RENTA es conveniente analizar PREVIAMENTE las opciones en función de la expectativa de cobro y de los impuestos a pagar.
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