Prestaciones y permisos relacionadas con la maternidad y la paternidad

Laboral Publicado el 02/01/2020


En 2020 se amplían los permisos. Resumimos los asuntos laborales relacionados con el embarazo, la maternidad, la paternidad, las prestaciones y los permisos.

1. Prestaciones cuando existe riesgo durante el embarazo

La prestación por riesgo durante el embarazo protege a las trabajadoras que al desempeñar su trabajo pueden perjudicar a su estado. Para evitar este perjuicio, la empresa debe intentar cambiar a la trabajadora de puesto de trabajo o adaptar el mismo, si esto no es posible, entonces se suspenderá el contrato de trabajo por “riesgo de embarazo” y la trabajadora podrá solicitar la prestación.

Cuantía
La prestación consiste en un subsidio equivalente al 100% de la base reguladora establecida para la prestación de incapacidad temporal derivada de contingencias profesionales.

Duración
El derecho se extingue por suspensión del contrato de trabajo por maternidad o por reincorporación al puesto de trabajo anterior o a otro compatible con su estado.


2. Prestación por nacimiento y cuidado de menor

A partir de 01/04/2019, las prestaciones por maternidad y paternidad se unificaron en una única prestación denominada nacimiento y cuidado de menor.
El derecho a la prestación nace a partir del día del parto o desde el inicio del descanso, de ser éste anterior; en los casos de adopción y tutela, a partir de la resolución judicial y en los casos de acogimiento, a partir de la decisión administrativa o judicial.

Cuantía
Se percibirá un subsidio equivalente al 100% de su base reguladora que es equivalente a la de incapacidad temporal, derivada de contingencias comunes.

Duración

Madre biológica.

* Disfrutará de 16 semanas (que se pueden ampliar en caso de parto múltiple, discapacidad del hijo o por parto prematuro) con la siguiente distribución:
* Periodo obligatorio: 6 semanas, ininterrumpidas inmediatas posteriores al parto.
* 10 semanas continuadas al periodo obligatorio, se pueden disfrutar en periodos semanales a jornada completa o parcial hasta los 12 meses del hijo.

La madre biológica podrá anticipar el descanso con una anterioridad de 4 semanas a la fecha prevista para el parto, fecha que vendrá fijada en el informe de maternidad del Servicio Público de Salud. Esta decisión corresponde a la madre.

El otro progenitor

* Dispondrá a partir del 01/01/2020 de un periodo de suspensión de 12 semanas.
4 semanas obligatorias. (1)
8 semanas de libre elección (2)
+2 semanas opcionales (3)

(1) Ininterrumpidas y que deberán disfrutarse a jornada completa. Inmediatamente después del parto.
(2) Que podrán disfrutar a jornada completa o parcial a partir del periodo obligatorio, en periodos semanales hasta que el hijo/a cumpla 12 meses de edad.
(3) Que puede cederle la madre de su periodo no obligatorio.
Se ampliará la duración de la prestación 1 semana para cada progenitor, por cada hijo/a, a partir del segundo (por nacimiento múltiple) y en caso de discapacidad del hijo/a.


3. Corresponsabilidad en el cuidado del lactante

Situación protegida para la reducción de la jornada de trabajo en media hora cuando ambos progenitores trabajen, para el cuidado del lactante a partir desde los nueve meses hasta los doce meses de edad.
Cuantía
Es un subsidio equivalente al 100% de una base reguladora que es equivalente a la de incapacidad temporal, en proporción de la reducción de jornada que se practique.


4. Riesgo durante la lactancia natural

No procede el reconocimiento de la prestación económica de riesgo durante la lactancia en tanto no se haya extinguido el período de descanso por maternidad.

Duración
Se abonará durante el período necesario para la protección de la salud de la trabajadora y/o del hijo, como máximo hasta que éste cumpla los 9 meses, salvo que la beneficiaria se haya reincorporado con anterioridad a su puesto de trabajo anterior o a otro compatible con su situación.

Cuantía
Subsidio equivalente al 100% de la base reguladora correspondiente, que será la equivalente a la que esté establecida para la prestación de incapacidad temporal, derivada de contingencias profesionales.

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